Nuestra Constitución de 1978, tras referirse a las funciones de los partidos políticos, que se centrarán en “expresar el pluralismo político, concurrir a la formación y manifestación de la voluntad popular y constituirse en instrumento fundamental para la participación política”, al señalar cómo ha de desarrollarse su actividad, precisa que “será libre dentro del respeto a la Constitución y a la ley”.